I. Contexto organizacional
La entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las mujeres, ONU Mujeres, basándose en la visión de igualdad consagrada en la Carta de las Naciones Unidas, trabaja para eliminar la discriminación en contra de las mujeres y las niñas; por el empoderamiento de las mujeres, y para lograr la igualdad entre mujeres y hombres como socios y beneficiarios del desarrollo, por los derechos humanos, en las acciones humanitarias, en la paz y seguridad. Al colocar los derechos de las mujeres como el eje central de su labor, ONU Mujeres lidera y coordina los esfuerzos del Sistema de las Naciones Unidas para asegurar que los compromisos de igualdad y transversalidad de género se traduzcan en acciones en todo el mundo. Al mismo tiempo, ejerce un liderazgo sustantivo y coherente para apoyar las prioridades y los esfuerzos de los Estados Miembro, construyendo una asociación eficaz con el gobierno, la sociedad civil, así como con otros actores relevantes.
ONU-Mujeres aborda integralmente las causas profundas de la desigualdad desde una perspectiva de transformación de los sistemas de reproducción de las desigualdades de género y discriminaciones y con un enfoque de construcción de paz en torno a:
La Nota estratégica 2023 – 2027 de la Oficina País busca contribuir al empoderamiento, el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres y a la disminución de las brechas de género, con énfasis en aquellas que viven mayor desigualdad en Bolivia, acorde con las agendas del “Vivir bien” y Despatriarcalización, y con el Plan Estratégico de ONU Mujeres 2022 – 2025. Este documento prioriza tres áreas estratégicas: Gobernanza y Participación Política; Empoderamiento Económico y Erradicación de la Violencia, que se alinean a las prioridades del Estado Plurinacional y sus prioridades con relación a la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres.
De igual manera, ONU Mujeres Bolivia acompaña al Estado Plurinacional en sus esfuerzos por cumplir con los compromisos asumidos con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW); la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing; la Resolución N°1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre las mujeres, la paz y la seguridad y las subsiguientes resoluciones derivadas; el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo; y otros procesos intergubernamentales pertinentes, como resoluciones de la Asamblea General y conclusiones convenidas de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer.
ONU Mujeres, a través de la implementación de su Nota estratégica 2023 – 2027, contribuye al avance del Marco de Complementariedad de Naciones Unidas para el Vivir Bien en Bolivia 2023 – 2027, colocando al Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 5 de igualdad de género al centro de los ODS y en coordinación con todos los demás Objetivos a fin de asegurar un avance integral.
II. Antecedentes
En la línea con la Nota Estratégica de ONU Mujeres en Bolivia 2023 – 2027 (alineada con el Plan Estratégico Regional 2022 – 2025, con el PDES y con el Marco de Complementariedad entre el Estado Plurinacional y el Sistema de Naciones Unidas en Bolivia), el área de erradicación de la violencia contra las mujeres, busca: i) Fortalecer las capacidades de las instituciones estatales y la sociedad civil para aplicar y exigir la legislación que combate la violencia contra las mujeres y otras formas de discriminación; ii) Fortalecer las mujeres y niñas sobrevivientes de la violencia para que puedan acceder a servicios esenciales de calidad y recuperarse de la violencia; y iii) Promover normas sociales, actitudes y comportamientos favorables para prevenir la violencia contra las mujeres y las niñas en las comunidades.
La violencia contra las mujeres es una de las principales problemáticas que enfrenta Bolivia, y se refleja en las altas tasas de feminicidios que registra el país. En 2013, la Organización Panamericana de la Salud señaló que Bolivia estaba en el primer lugar de violencia física de 13 países del continente y, en segundo lugar, en violencia sexual, y sólo el 17% de mujeres en situación de violencia denunciaban el hecho. Ante esta situación, en marzo de ese mismo año, se promulgó la Ley Nº 348, conocida formalmente como “Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia”. La elaboración de esta norma implicó un proceso participativo que incluyó consultas con diversas organizaciones de la sociedad civil, expertos en derechos humanos, y representantes gubernamentales.
La Ley declara la erradicación de la violencia contra las mujeres como prioridad nacional, para lo cual, establece un conjunto de medidas en el ámbito educativo, laboral, comunicacional, de la salud y judicial que buscan una respuesta estatal integral a la gravedad del problema que representa la violencia hacia las mujeres a partir de la prevención, atención, protección, investigación, sanción y reparación de daño vivido por las mujeres. Además, pone en evidencia la naturalización y tolerancia social hacia la violencia contra las mujeres, presente incluso en el sistema judicial, lo que se manifiesta en la revictimización y el alto grado de impunidad que existe en estos casos, frente a lo cual, la Ley Nº 348 dispone la creación de instancias especializadas en la policía, fiscalía y órgano judicial; la ampliación de funciones de los servicios de atención (Servicio legal integral municipal, Defensorías de la Niñez y Adolescencia , DNA, etc.); la modificación del procedimiento penal y de los delitos de violencia más graves y frecuentes contra las mujeres; la penalización de conductas que no eran sancionadas; entre otras medidas que buscan garantizar el acceso a la justicia a las mujeres en situación de violencia (1).
Por otra parte, en abril de 2024, la Senadora Patricia Arce propuso modificar el artículo 94 de la norma (2) . El mencionado proyecto de ley ha iniciado un debate público sobre la necesidad de modificar la Ley Nº 348, en el marco del cual algunos detractores plantean incluso su abrogación, con base en datos no corroborables y argumentos que refuerzan las normas sociales discriminatorias hacia las mujeres (3). En ese contexto, más de 100 organizaciones promotoras de los derechos humanos, derechos de las mujeres y activistas varones, se pronunciaron rechazando las modificaciones a la Ley Nº 348 promovidas por la mencionada senadora, y solicitando a la Defensoría del Pueblo la realización de una investigación defensorial sobre la implementación de la misma (4).
Por ello, en el marco del Memorándum de Entendimiento suscrito entre ONU Mujeres y la Defensoría del Pueblo (2023-2025), se identifica la necesidad de contratar una consultoría para la realización de un informe sobre servicios integrales dirigidos a sobrevivientes de violencia en el marco de la Investigación Defensorial sobre la Ley Nº 348.
[1] Preguntas frecuentes sobre la Ley 348, Comunidad de Derechos Humanos, 2017
[2] En ella, se propone que en los casos de violencia sexual sea un grupo de peritos quienes, tras escuchar a la víctima en una cámara de Gesell, determinen la veracidad de su testimonio, que, a su vez, debería corroborarse por “otros medios de prueba”.
[4] https://comunidad.org.bo/assets/archivos/pronunciamiento/9a159faddded4e5ee1728eac2b98f3e3.pdf
III. Objetivo
El objetivo de esta contratación es analizar los avances, limitaciones y obstáculos en la prestación de los servicios integrales para sobrevivientes de violencia de género a nivel subnacional, conforme a lo establecido en la Ley Nº 348.
Los objetivos específicos son:
IV. Alcance de los objetivos
Se espera que el/la titular de la contratación lleve a cabo las responsabilidades y actividades necesarias para la entrega de los productos descritos a continuación, con la finalidad del logro del el/los objetivo/s de la consultoría.
Dichas responsabilidades incluirán:
[5] Revisar: https://lac.unfpa.org/es/servicios-esenciales
[6] Considerando que hay algunos servicios , como salud) que se prestan y/o coordinan en el nivel departamental.
V. Entregables
Actividad | Producto/ Entregable | Plazo de entrega |
Elaboración del diseño metodológico de la investigación | Producto Nº 1
Documento de diseño metodológico del estudio que incluya:
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Hasta 40 días calendario, después de la firma del contrato |
Impulsar al menos 2 talleres de capacitación virtual sobre el uso de los instrumentos de recolección de información. | Producto Nº 2
Informe sobre el proceso de capacitación al personal de las Delegaciones Departamentales Defensoriales y Coordinaciones Regionales Defensoriales, sobre el uso de los instrumentos de recolección de información. |
Hasta 75 días calendario, después de la firma del contrato |
Elaborar el Informe sobre la calidad de los servicios de atención a víctimas de violencia en 10 municipios priorizados | Producto Nº 3
Informe sobre la calidad de los servicios integrales de atención a víctimas de violencia en 10 municipios priorizados, que incluya los siguientes servicios:
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Hasta 150 días calendario, después de la firma del contrato |
Todos los productos deben ser entregados en versión física y digital (formato editable), acompañados de una nota firmada por el/la consultor/a. Además, debe utilizar un lenguaje inclusivo, sencillo, claro y amigable.
VI. Forma de Pago
El pago por los servicios se realizará luego de la entrega de cada producto establecido en la tabla anterior, sujeto a satisfacción y aprobación por parte de ONU Mujeres y la Defensoría del Pueblo, en acuerdo con el cronograma establecido a continuación. Al tramitar el último pago debe ir acompañado de la evaluación de rendimiento de el/la consultor/a junto con el certificado de pago (COP por sus siglas en inglés COP para procesar el pago final.
Pago | Producto/ Entregable | Condición de pago |
1 | Productos Nº1 y Nº2 | 50% del total del contrato |
2 | Producto Nº. 3 | 50% del total del contrato |
El contrato de consultoría determina la inclusión de todos los costos (todo incluido: factura y seguro de salud, aporte social y/u otros); la Organización no asumirá costos o beneficios adicionales a los honorarios por servicios. Por lo tanto, es responsabilidad del consultor/a contar con seguro médico por el periodo del contrato y se recomienda que incluya cobertura médica para enfermedades relacionadas a COVID-19. La cobertura médica deberá ser internacional en los casos que el contrato requiera misiones o asignaciones internacionales. De ser seleccionado/a para esta vacante, se requerirá presentar prueba de cobertura médica dentro de los dos primeros meses del contrato.
VII. Supervisión y evaluación de desempeño
La contratación será gestionada por ONU Mujeres Bolivia. De parte de ONU Mujeres, la supervisión de esta contratación será realizada por la oficial/coordinadora/oficial a cargo/Representante/punto focal del Área de Erradicación de la Violencia de ONU Mujeres. De parte de la Defensoría del Pueblo, la supervisión se realizará por el punto focal definido por la mencionada institución. El/la consultor/a no es funcionario/a de Naciones Unidas y realizará las actividades relativas a la consultoría en su propio espacio de trabajo de acuerdo con lo acordado en el plan de trabajo.
Para el buen desarrollo de la consultoría, la supervisora facilitará a la persona seleccionada los documentos existentes y la información de la que ONU Mujeres disponga vinculadas a los temas de la consultoría. Es responsabilidad del/la consultor/a obtener información primaria y secundaria de otras fuentes, si fuera el caso necesario.
La persona seleccionada mantendrá permanente coordinación con la supervisora para una efectiva ejecución y desarrollo de los productos solicitados en estos Términos de Referencia y proveerá información según se le solicite en el marco de los términos de referencia.
VIII. Indicadores de rendimiento
IX. Derechos Intelectuales, Patentes y Otros Derechos de Propiedad
El derecho al equipamiento y los suministros que pudieran ser proporcionados por ONU Mujeres a el/la consultor/a para el desempeño de cualquier obligación en virtud del presente contrato deberá permanecer con ONU Mujeres y dicho equipamiento deberá devolverse a ONU Mujeres al finalizar el presente contrato o cuando ya no sea necesario para el/la consultor/a. Dicho equipamiento, al momento de devolverlo a ONU Mujeres, deberá estar en las mismas condiciones que cuando fue entregado a el/la consultor/a, sujeto al deterioro normal. El/la consultor/a será responsable de compensar a ONU Mujeres por el equipo dañado o estropeado independientemente del deterioro normal del mismo.
ONU Mujeres tendrá derecho a toda propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo pero no limitándose a ello: patentes, derecho de autor y marcas registradas, con relación a productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos técnicos, documentos y otros materiales que el consultor haya preparado o recolectado en consecuencia o durante la ejecución de la presente consultoría, y el/la consultor/a reconoce y acuerda que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos llevados a cabo en virtud de la contratación de ONU Mujeres. Sin embargo, en caso de que dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad consistan en cualquier propiedad intelectual o derecho de propiedad de el/la consultor/a: i) que existían previamente al desempeño del/la consultor/a de sus obligaciones en virtud del presente contrato, o ii) que el/la consultor/a pudiera desarrollar o adquirir, o pudiera haber desarrollado o adquirido, independientemente del desempeño de sus obligaciones en virtud del presente contrato, ONU Mujeres no reclamará ni deberá reclamar interés de propiedad alguna sobre la misma, y el/la consultor/a concederá a ONU Mujeres una licencia perpetua para utilizar dicha propiedad intelectual u otro derecho de propiedad únicamente para el propósito y para los requisitos del presente contrato.
X. Competencias
Valores fundamentales:
Competencias principales:
Competencias funcionales:
XI. Procedimiento de selección y requisitos para aplicación
El proceso de selección se realizará a través de un desk review, en el que se realiza primero una verificación formal de que las postulaciones cumplan con las pruebas documentales para ser examinadas y los requisitos mínimos establecidos para la consultoría. Luego, se realiza la evaluación técnica de las candidaturas recibidas, que serán calificadas en base a requisitos técnicos establecidos en la siguiente tabla de calificación:
Criterios de evaluación | Puntaje |
1.Formación universitaria académica en Ciencias Jurídicas (Requisito Indispensable). | Cumple/No cumple |
2.Estudios de posgrado y/o especialización en Investigación social, Derechos Humanos, Género u otros relacionados (Adjuntar los certificados). Se calificará por 1 postgrado/especialización 15 puntos, 1 Maestría 20 puntos. En caso de no contar con esta formación, el o la postulante deberá acreditar experiencia mayor a 2 años de trabajo en temas relacionados a género y/o derechos humanos. Los 2 años tendrán 15 puntos y se le sumará 1 punto por año adicional de experiencia. | 20 |
3. Experiencia general de 4 años. Se calificará sobre 8 puntos (cada año 2 punto), cada año adicional sumará 1 puntos. | 10 |
4. Al menos 2 experiencias de trabajo en el área de investigación, sistematización y/o formulación de recomendaciones sobre temas relacionados con políticas públicas y/o derechos humanos. Las 2 experiencias tendrán una valoración de 30 puntos, cada experiencia adicional será puntuada por 5 puntos más. (Menos de dos experiencias tendrá una calificación de 0 puntos). | 40 |
5. Al menos 2 experiencias de trabajo relacionadas con servicios integrales de atención a víctimas de violencia (mujeres, niñas o adolescentes). Las 2 experiencias tendrán una valoración de 20 puntos, cada experiencia adicional se le asignará 5 puntos. (Menos de 2 experiencias tendrá una calificación de 0 puntos). | 30 |
TOTAL | 100 |
Las personas preseleccionadas podrán ser convocadas a una entrevista basada en competencias sobre el nivel de conocimiento del área temática y sobre el tema específico de esta consultoría. El peso relativo de la entrevista en caso de que se defina realizarla luego del desk review será de un 50% sobre el total de la puntuación (es decir 50% por la tabla de cumplimiento de los requisitos y 50% por la entrevista).
XII Documentos a ser presentados para la postulación
NOTAS IMPORTANTES.
Diversidad e inclusión
En ONU Mujeres asumimos el compromiso de crear un entorno diverso e inclusivo de respeto mutuo. ONU Mujeres contrata, emplea, capacita, compensa y promueve sin discriminar por motivos de raza, religión, color, sexo, identidad de género, orientación sexual, edad, capacidad, origen nacional o cualquier otra condición contemplada en la ley. Todos los empleos se deciden en función de las aptitudes, la competencia, la integridad y las necesidades de la organización.
Si necesita algún tipo de adaptación razonable para participar en el proceso de reclutamiento y selección, incluya esta información en su candidatura.
ONU Mujeres tiene una política de tolerancia cero frente a las conductas incompatibles con los fines y objetivos de las Naciones Unidas y de ONU Mujeres, que incluyen la explotación y abusos sexuales, el acoso sexual, el abuso de autoridad y la discriminación. Las candidatas/os seleccionadas/os deberán respetar las políticas y los procedimientos de ONU Mujeres y las normas de conducta exigidas al personal de la organización, por lo que se someterán a rigurosas verificaciones de referencias y antecedentes. La verificación de antecedentes incluirá la comprobación de las credenciales académicas y el historial de empleo. Es posible que las candidatas/os seleccionadas/os deban proporcionar información adicional para realizar una verificación de antecedentes.
Se incentiva la postulación de aquellas personas pertenecientes a grupos minoritarios, grupos o poblaciones indígenas y personas con discapacidad.
Todas las solicitudes serán tratadas con la más estricta confidencialidad.