TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONTRATACIÓN PARA LA REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PROTOCOLO DE ATENCIÓN DE CASOS DE ACOSO Y VIOLENCIA SEXUAL EN EL TRANSPORTE PÚBLICO DEL DMQ Y CAPACITACIÓN DIFERENCIADA A LOS ACTORES DEL PROTOCOLO, CON ENFOQUE DE GÉNERO.
1. ANTECEDENTES
La Fundación Panamericana para el Desarrollo (PADF, por sus siglas en inglés) es una organización sin fines de lucro creada por mandato del Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en 1962. Nuestro trabajo en América Latina y el Caribe se enfoca en las áreas de Democracia, Gobernabilidad y Derechos Humanos; Paz, Seguridad y Justicia; Oportunidades Económicas, Salud, Educación y Nutrición; y Ambiente y Resiliencia ante Desastres.
Nuestra organización promueve la articulación de iniciativas de la sociedad civil, sector público y privado, con la ciudadanía como eje principal del desarrollo sostenible. Además, PADF asiste a personas y comunidades vulnerables y excluidas en América Latina y el Caribe para alcanzar el progreso del desarrollo social y económico, promover la participación democrática y la inclusión, y fortalecer la sociedad civil, creando un hemisferio de oportunidades para todos.
El Programa Comunidades Seguras, ejecutado por PADF con el apoyo de la Oficina de Asuntos Internacionales de Narcóticos y Aplicación de la Ley de la Embajada de los Estados Unidos (INL), está en su segunda fase de implementación. Este programa tiene como propósito principal que la Policía Nacional del Ecuador (PPE), las instituciones gubernamentales nacionales y locales, y los actores comunitarios trabajen juntos en la consecución de tres objetivos específicos: mejorar los conocimientos y capacidades de la PNE para responder a la delincuencia en zonas priorizadas; fortalecer las capacidades de los funcionarios del Ministerio del Interior y de los gobiernos locales para prevenir el crimen y la violencia; y fomentar la colaboración entre la PNE, el Ministerio del Interior (MDI), las autoridades locales, los grupos comunitarios y los ciudadanos para poner en marcha iniciativas de prevención de la delincuencia y la violencia y de policía comunitaria.
2. CONTEXTO
El acoso y violencia sexual en los espacios públicos, y particularmente en el sistema de transporte, es una manifestación de violencia de género que vulnera los derechos fundamentales de las personas, en especial de las mujeres. El estudio de 2022, del Observatorio del Municipio de Quito, encontró que el 32% de las mujeres encuestadas en Quito habían sido víctimas de violencia sexual en el transporte público, con reportes comunes de acoso verbal y tocamientos no consentidos. Esta problemática afecta no solo la seguridad, sino también el libre ejercicio del derecho a la movilidad de los ciudadanos. En el contexto legal ecuatoriano, se han establecido una serie de normativas que protegen el derecho a una vida libre de violencia y refuerzan la responsabilidad de las instituciones para garantizar espacios seguros para todos los usuarios.
En primer lugar, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 66, numeral 3, literal b, reconoce el derecho de las personas a una vida digna, incluyendo el derecho a vivir sin violencia, particularmente en lo relacionado con la seguridad en los espacios públicos y privados. Además, la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (LOIPEVCM) en sus artículos 10 y 54, establece la responsabilidad del Estado y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs) de crear e implementar políticas públicas que protejan a las mujeres y personas vulnerables contra todas las formas de violencia, incluyendo la que ocurre en el transporte público.
El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD. art. 3) subraya la importancia de la protección de los ciudadanos a través de la acción conjunta de las entidades públicas, y el Código Orgánico Integral Penal (COIP), en sus artículos 1 y 158, define como un objetivo central la prevención y sanción de delitos, incluyendo los relacionados con violencia de género, a fin de garantizar una vida libre de violencia y discriminación.
En el ámbito local, el Código Municipal del Distrito Metropolitano de Quito, en su Libro IV.8, artículo 4146, regula las disposiciones que aseguran la protección y seguridad de los ciudadanos en el sistema de transporte público, estableciendo como prioridad la implementación de medidas contra el acoso sexual. Además, el Plan de Seguridad Ciudadana de Quito (2023-2027) enfatiza la necesidad de reforzar la seguridad en los espacios públicos, incluyendo el transporte, para prevenir actos de violencia de género y mejorar la percepción de seguridad entre los usuarios.
A la luz de este marco normativo, el Distrito Metropolitano de Quito, a través de la Secretaría General de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgos del DMQ, ha adoptado un protocolo para la prevención del acoso en el sistema de transporte público, uniéndose a esta iniciativa el subsistema de transporte Metro de Quito. Sin embargo, se requiere una actualización para integrar los últimos avances en enfoques de género, interseccionalidad y derechos humanos, así como para asegurar la capacitación diferenciada de los actores que implementan este protocolo.
3. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN
Analizar y emitir recomendaciones de mejora sobre los protocolos para la coordinación y atención de los casos de acoso y violencia sexual, para mejorar las directrices de identificación, actuación, derivación y seguimiento de estos casos en el Sistema de Transporte Público del Distrito Metropolitano de Quito (DMQ), incorporando un enfoque de género y derechos humanos. Además, desarrollar e implementar una capacitación diferenciada para los actores del protocolo, con el objetivo de contribuir a su correcta aplicación.
4. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
5. ALCANCE DE LA CONTRATACIÓN
La consultoría se llevará a cabo en el Distrito Metropolitano de Quito y abarcará las siguientes actividades:
Se requiere que la capacitación sea de forma presencial.
6. PERFIL DE LA EMPRESA A CONTRATAR
La consultora o equipo de consultores debe cumplir con los siguientes requisitos:
7. PRODUCTOS ESPERADOS
Los productos esperados en esta contratación son los siguientes:
8. PLAZO DE LA CONSULTORÍA
Desde la firma del contrato, la contraparte seleccionada tendrá 100 días para la entrega de los productos mencionados, incluidos los días no laborables.
9. PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO
El monto total del contrato es de USD 13,000 (TRECE MIL DÓLARES), incluyendo impuestos de ley.
Los pagos se realizarán de la siguiente manera:
No. 1
Producto Esperado: Plan de Trabajo: Documento detallado con metodología, cronograma de actividades, productos esperados y actividades.
Plazo: A los 8 días desde la firma del contrato
Costo: 30%
No. 2
Producto Esperado: Informe de análisis del protocolo con recomendaciones de mejora: Documento revisado que incluya las recomendaciones de mejora, que incorpore un enfoque de género y derechos humanos, con directrices claras para la identificación, actuación, derivación y seguimiento de casos de violencia sexual.
Plazo: A los 30 días desde la firma del contrato
Costo: 30%
No. 3
Producto Esperado: Plan y guía de capacitación diferenciada: Documento detallado que incluya el diseño del plan de capacitación, materiales didácticos y metodología adaptada a las características de los diferentes actores del protocolo. De igual forma, entregar en formato GUÍA los contenidos de la capacitación sobre la prevención de acoso y violencia sexual en el transporte público para que puedan ser publicados por PADF y el GAD.
Plazo: A los 70 días desde la firma del contrato
Costo: 20%
No. 4
Producto Esperado: Informe de implementación de capacitación: Informe que detalle las capacitaciones realizadas (340 servidores públicos aproximadamente), incluyendo la metodología utilizada, el número de participantes, las fases de ejecución y los resultados obtenidos, desagregado por género y edad, así mismo con los resultados de la evaluación de incremento de conocimiento (ex ante y ex post).
Plazo: A los 100 días desde la firma del contrato
Costo: 20%
El pago de los productos se realizará a la presentación del entregable y la respectiva factura, a entera satisfacción de PADF.
10. PLAZO PARA LA RECEPCIÓN DE PROPUESTAS
La presente convocatoria estará abierta desde el 29 de octubre de 2024 al 12 de noviembre de 2024. Por favor remitir la propuesta con los documentos de respaldo del perfil y experiencia requerida al correo: [email protected], con copia al correo: [email protected].
11. PROPIEDAD INTELECTUAL
Al profesional le queda prohibido cualquier tipo de publicación, divulgación o comercialización de los productos objeto de esta contratación pues se entenderá que pasará a ser propiedad de PADF-OECO, de la misma forma le queda prohibida la divulgación de información confidencial que llegue a su conocimiento como parte de la ejecución de sus actividades.
12. SOBRE PADF
Fundada como filial y brazo del sector privado de la Organización de los Estados Americanos (OEA), PADF lleva a cabo proyectos de alto impacto para beneficiar a las poblaciones más vulnerables de América Latina. Las actividades de la Fundación van desde la asociación con los gobiernos nacionales y locales para implementar programas de desarrollo socioeconómico, hasta el avance de las reformas del sector de la justicia penal. A lo largo de sus más de 50 años de existencia, PADF ha implementado eficazmente los programas del Gobierno de los Estados Unidos y otros programas de donantes en países que atraviesan importantes transiciones sociales; muchos de estos programas han apoyado la construcción o reconstrucción de lazos sociales e instituciones democráticas, creando capacidad para la promoción, programación y reforma de políticas, todo lo cual mejora la gobernabilidad democrática y fomenta la paz y la seguridad.
13. TÉRMINOS Y CONDICIONES
Resultado de Acuerdo
Estos TdR no obliga a PADF a ejecutar un contrato, ni compromete a PADF a pagar ningún costo incurrido en la preparación o presentación de las propuestas. Además, PADF se reserva el derecho de rechazar cualquier y todas las ofertas, si tal acción se considera en el mejor interés de PADF. PADF, a su entera discreción, seleccionará la propuesta ganadora y no está obligada a compartir los resultados de la evaluación individual.
Confidencialidad
Toda la información de propiedad proporcionada por el solicitante será tratada como confidencial y no será compartida con los solicitantes potenciales o reales durante el proceso de licitación. Esto incluye, pero no se limita, a las cotizaciones de precios, propuestas de costes y propuestas técnicas. PADF puede, pero no está obligada a, publicar los acuerdos en su sitio web público después de que el proceso de licitación haya concluido, y el contrato haya sido acordado. Los resultados de la evaluación de PADF son confidenciales y la puntuación de los solicitantes no será compartida entre ellos.
Protección de datos personales
Los datos que devengan de la ejecución del contrato objeto del presente término de referencia serán utilizados exclusivamente para la ejecución del mismo y teniendo en consideración lo dispuesto en el reglamento de la “LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES”, ratificada el 21 de mayo de 2021.